Información sobre aprobación del equipo, Notifi cación a la compañía telefónica local, Notas – Philips DECT2250G-37 User Manual

Page 54: Derechos de la compañía telefónica

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Información sobre aprobación del equipo

Este teléfono ha sido aprobado para ser conectado a la Red de Telefonía Conmutada de acuerdo con los apartados 15

y 68 de la normativa FCC y los Requerimientos Técnicos para Terminales Telefónicos publicada por ACTA.

Notifi cación a la compañía telefónica local

En la base del equipo se encuentra una etiqueta, la cual, entre otra información, indica el número de EE.UU. y el Número

de Equivalencia de Timbre (REN) para el equipo. Si se le requiere, debe proporcionar esta información a la compañía

telefónica.

El REN es de utilidad para determinar la cantidad de dispositivos que puede conectar a su línea telefónica y permitir

que todos esos dispositivos suenen cuando su número de teléfono recibe una llamada. En la mayoría, (pero no en todas)

las áreas, la suma de los RENs de todos los dispositivos conectados a una línea no deben superar las 5 unidades. Para

asegurarse de la cantidad de dispositivos que es posible conectar a su línea según lo indica el REN, debe contactar a su

compañía telefónica local.

El conector y el enchufe utilizados para conectar el equipo al cableado del edifi cio y a la red telefónica deben cumplir

con las normativas correspondientes al Apartado 68 de FCC adoptado por la ACTA. Un cable de teléfono acorde y

un enchufe modular son suministrados con este producto. Está diseñado para ser conectado a un enchufe modular

compatible que también acorde a la normativa. Por más detalles, vea las instrucciones de instalación.

Notas

• Este equipo no puede ser utilizado para los servicios de teléfonos monederos suministrados por la compañía tele-

fónica.

• Los servicios de línea compartida están sujetos a tarifas estatales, y por lo tanto no es posible utilizar un aparato

telefónico propio si está conectado a una línea compartida. Consulte a su compañía telefónica local.

• En caso de desconexión permanente del teléfono de la línea, la compañía telefónica debe ser notifi cada.

• Si en su domicilio tiene un equipo de alarma de cableado especial conectado a la línea telefónica, confi rme que la

instalación de este producto no inhabilita su equipo de alarma. .Si tiene dudas sobre que puede inhabilitar su equipo de

alarma, consulte a la compañía telefónica local o a un instalador califi cado.

Derechos de la compañía telefónica

En caso de que su equipo genere difi cultades en su línea que puedan perjudicar la red telefónica, la compañía deberá,

cuando corresponda, avisarle sobre la necesidad de interrumpir temporalmente el servicio. En caso de que no se pueda

realizar una notifi cación previa y las circunstancias garanticen tal acción, la compañía telefónica puede desconectar tem-

poralmente el servicio en forma inmediata. En caso de una interrupción temporal, la compañía telefónica debe:

(1) notifi carle de inmediato dicha interrupción temporal; (2) ofrecerle la oportunidad de corregir la situación; (3) infor-

marle sobre sus derechos a entablar una demanda ante la Comisión en virtud de los procedimientos estipulados en el

Apartado E del Artículo 68 de las normas y regulaciones de FCC.

La compañía telefónica puede realizar modifi caciones en sus instalaciones de comunicaciones, equipos, operaciones o

procedimientos en los casos en los cuales tales acciones sean necesarias para permitir la continuación de su funciona-

miento y no sean contrarias a las normas y regulaciones de FCC. En el caso de que estas modifi caciones puedan afectar

el uso o el rendimiento de su teléfono, la compañía telefónica debe informarle en tal sentido, por escrito, para permitirle

mantener el servicio ininterrumpido.

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